Se trata de subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de propiedad horizontal
Las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones
Las líneas subvencionables, con respeto al principio de neutralidad tecnológica, son las siguientes:
Todas estas actuaciones deberán realizarse en edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables será desde la presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre del 2023.
La intensidad máxima de la subvención queda fijada en el 70% de los costes subvencionables
La cuantía máxima de la subvención para cada uno de los supuestos de subvención para cada beneficiario, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidas como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificaciones, es la siguiente:
Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa):
Importe máximo de la subvención: 16.660,00 €
La fórmula de cálculo aplicable es:
680€ por vivienda x 35 viviendas x 70% máx. subvencionable=16.660,00€
Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación antenas ni de adaptación equipamiento de cabecera):
Importe máximo de la subvención: 14.700,00 €
La fórmula de cálculo aplicable es:
600€ por vivienda x 35 viviendas x 70% máx. subvencionable=14.700,00€
Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida:
Importe máximo de la subvención: 11.882,50 €
La fórmula de cálculo aplicable es:
485€ por vivienda x 35 viviendas x 70% máx. subvencionable=11.882,50€