Mejoras Maquinaria, Equipos de trabajo. Eliminación de Riesgos Laborales  2023 Asturias

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 25 de octubre de 2023

ORGANISMO

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo

Ayudas a inversiones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales para las personas trabajadoras que presten sus servicios en el territorio del principado de Asturias.

BENEFICIARIOS

Todos los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro y las empresas, sean estas personas físicas o jurídicas (incluidas las comunidades de bienes, los centros especiales de empleo con ánimo de lucro y los trabajadores autónomos), cualquiera que sea su sector de actividad.

Que ocupen trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en el principado de Asturias, contratados a fecha de presentación de la solicitud deberán haber sido dados de alta, al menos un mes natural antes de dicha fecha.

 

La documentación justificativa se presentará al tiempo de la solicitud de subvención.

GASTOS SUBVENCIONABLES

1/Las inversiones dirigidas a la mejora del parque de maquinaria y equipos de trabajo instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que se describen a continuación:

– Los dispositivos de anclaje y líneas de vida permanentes contra el riesgo de caída en altura (normas EN 795:2012, UNE-EN 353-1:2014+A1:2017 y UNE-EN 353- 2:2002). – Móviles automotores cuyo uso implique riesgo de vuelco, excluidos los empleados en el transporte por carretera, marítimo o aéreo de pasajeros y mercancías.

–  Las categorías de máquinas incluidas:

  • Sierras circulares
  • Cepilladoras con avance manual para trabajar la madera
  • Regruesadoras de una cara con dispositivo de avance integrado, de carga y/o descarga manual, para trabajar la madera.
  • Sierras de cinta de carga y/o descarga manual para trabajar la madera y materias de características físicas similares, o para cortar carne y materias de características físicas similares.
  • Máquinas combinadas de las mencionadas anteriormente.
  • Espigadoras de varios ejes con avance manual para trabajar la madera.
  • Tupíes de husillo vertical con avance manual para trabajar la madera y materias de características físicas similares.
  • Sierras portátiles de cadena para trabajar la madera.
  • Prensas, incluidas las plegadoras, para trabajar metales en frío, de carga y/o descarga manual, cuyos elementos móviles de trabajo pueden tener un recorrido superior a 6 mm y una velocidad superior a 30 mm/s
  • Máquinas para moldear plásticos por inyección o compresión de carga o descarga manual.
  • Máquinas para moldear caucho por inyección o compresión de carga o descarga manual.
  • Máquinas para trabajos subterráneos.
  • Cubetas de recogida de residuos domésticos de carga manual y con mecanismo de compresión.
  • Dispositivos amovibles de transmisión mecánica, incluidos sus resguardos.
  • Resguardos para dispositivos amovibles de transmisión mecánica.
  • Plataformas elevadoras para vehículos.
  • Aparatos de elevación de personas, o de personas y materiales, con peligro de caída vertical superior a 3 metros.
  • Máquinas portátiles de fijación, de carga explosiva y otras máquinas portátiles de impacto.
  • Dispositivos de protección diseñados para detectar la presencia de personas.
  • Resguardos móviles motorizados con dispositivo de enclavamiento diseñados para utilizarse como medida de protección en las máquinas consideradas en los puntos 9, 10 y 11.
  • Bloques lógicos para desempeñar funciones de seguridad.
  • Estructuras de protección en caso de vuelco (ROPS).
  • Estructuras de protección contra la caída de objetos (FOPS)

– Los empleados para la elevación de carga y sus accesorios.

 

2/Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o el adecuado control del riesgo de exposición a agentes químicos, físicos o biológicos.

 

3/Adquisiciones o modificaciones que supongan la adaptación a puestos de trabajo compatibles con las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia. d) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o reducción significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas.

 

Las actuaciones subvencionables estarán dentro del periodo: 14 de octubre de 2022 hasta el 3 de octubre de 2023.

CUANTÍA

La cuantía de las ayudas asciende al 40% del presupuesto subvencionable, con un límite máximo de 4.000 euros cuando el solicitante sea un centro especial de empleo sin ánimo de lucro y 20.000 euros para el resto de los solicitantes.