Se trata de una subvención a fondo perdido, para la implantación, la reforma y la modernización de pequeñas empresas ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
Con menos de 50 empleados, con un volumen de negocios no superior a 10 millones de euros, encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes:
64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras).
65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes).
662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos.
671, 672 y 673: Servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
676: Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
677.9: Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
681, 682, 683 y 684: Servicios de hospedaje en hoteles, moteles, hostales, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles apartamentos.
691.1: Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
691.9: Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p. (No comprendidos en otras partes).
755: Agencias de viaje, excepto 755.1.
971.3: Zurcido y reparación de ropas.
972: Servicios de peluquería y belleza.
Los proyectos presentados deberán tener un importe mínimo de inversión subvencionable de:
— 2.000 euros (para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971.3 y 972).
— 4.000 euros (para los epígrafes de IAE 67).
— 8.000 euros (para los epígrafes de IAE 68).
Serán subvencionables las inversiones realizadas entre el 19 de junio de 2021 y el 8 de abril de 2022.
La intensidad máxima de la ayuda irá en función de la puntuación obtenida según la siguiente tabla:
Puntos obtenidos |
Intensidad máxima |
100 |
Hasta 40% |
Entre 1 y 99 |
0,15% * |
0 |
Hasta 25% |
*para los proyectos comprendidos entre la puntación máxima y mínima se le añadirá al 25%, un 0,15% por cada punto obtenido.
El límite máximo de la ayuda irá en función del epígrafe y la zona de ubicación del proyecto:
A.-para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971.3 y 972:
B.-para los epígrafes de IAE 67 y 68: