MODERNIZACION  TECNOLOGICA  – MADRID

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 13 de Julio de 2025

ORGANISMO

Economía, Innovación y Hacienda. Ayuntamiento de Madrid

Subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización para PYMES de Madrid.

BENEFICIARIOS

Pymes con domicilio social y/o fiscal en el municipio de Madrid y cuyo centro donde se desarrolle la actividad coincida.

Para los siguientes epígrafes CNAE2009 o 2025:

60.20 Actividades de programación de televisión, emisión y distribución de vídeos

60.39 Otras actividades de distribución de contenidos

62.01 Actividades de programación informática

62.02 Actividades de consultoría informática

62.03 Gestión de recursos informáticos

62.20 Actividades de consultoría informática y gestión de instalaciones informáticas

62.09 Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática

62.10 Actividades de programación informática

62.90 Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática

63.10 Infraestructura informática, procesamiento de datos, hosting y actividades relacionadas

63.11 Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas

70.20 Otras actividades de consultoría de gestión empresarial

70.22 Otras actividades de consultoría de gestión empresarial

71.12 Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico

72.10 Investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas

72.19 Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas

GASTOS SUBVENCIONABLES

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Aquellas iniciativas que supongan el desarrollo de las TEICS (Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones) y la utilización de habilitadores digitales, es decir, de productos, herramientas o servicios de innovación, que ofrezcan soluciones y aplicaciones para que las PYMES avancen en la transformación digital de sus modelos de negocio, a través de las mejoras tecnológicas de equipos y/o procesos, que permitan a las PYMES orientarse a modelos de producción y/o servicios de mayor valor añadido, y contribuyan a hacerlas más competitivas, seguras y sostenibles.

Deberán haberse materializado ya en proyectos con el grado de madurez suficiente para poderse considerar comercializables o vendibles a corto plazo o haber alcanzado ya una madurez suficiente para poder iniciar el proceso de comercialización, es decir, deberán hallarse en un estadio de desarrollo o nivel de madurez tecnológica (TRL, por sus siglas en inglés – Technological Readiness Level) de, como mínimo, 6, correspondiente a una tecnología demostrada en un entorno relevante (entorno industrialmente relevante en el caso de tecnologías habilitadoras clave) o en niveles superiores.

 

Iniciativas que persigan las metas siguientes:

  • Innovación en el proceso de negocio, facilitadores de la gestión interna y relación con el cliente.
  • Potenciación del teletrabajo / Gestión del talento
  • Seguridad y privacidad

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

– Adquisición de software vinculado al desarrollo del proyecto o de cualquier otra herramienta vinculada con las TEIC, así como los gastos de contratación de consultoría necesarios para la implementación de las actuaciones del ámbito de la digitalización.

– Gastos de personal asalariado (en alta en el Régimen General de la Seguridad Social), referidos exclusivamente al personal destinado a la ejecución del proyecto

– Los gastos externos por la contratación de servicios de consultoría. Las personas consultoras y/o las empresas de consultoría a las que pertenezcan, no podrán tener vinculación, ni accionarial, ni de participaciones, directa o indirectamente, con las solicitantes de las ayudas.

– Gastos de fomento de los habilitadores digitales para:

a) La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital, sistemas inteligentes, software relacionado con aplicaciones de gestión del sistema productivo, logístico o comercial, plataformas colaborativas, soluciones de inteligencia y control, tecnologías de comunicación, computación y cloud, ciberseguridad, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento, gemelo digital de los procesos de producción.

b) La fabricación de los sistemas definidos en el anterior párrafo.

 

Serán subvencionables los gastos comprendidos en el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2024

CUANTÍA

Modalidad Tamaño de empresa Inversión mínima

(€)

Porcentaje

de

subvención

máximo (%)

Cuantía

máxima (€)

Digitalización 9 trabajadores o menos 25.000 75 50.000
Entre 10 y 49 trabajadores 50.000 50 50.000
Entre 50 y 249 trabajadores 100.000 25 50.000

No se admitirán facturas o cualquier otro justificante de gastos por un importe subvencionable inferior a 500 euros.