Se trata de una subvención a fondo perdido, para impulsar la modernización de las pymes comerciales de Aragón.
La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2, los cuales se encuentran incluidos en algunos de los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009
La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables, será de 2.000 €.
Los gastos deberán estar ejecutados y pagados entre el 23 de marzo de 2023 hasta el 7 de septiembre de 2023.
La intensidad máxima será del 80% del coste final, con un límite máximo de 80.000 €.