Se trata de una subvención a fondo perdido, para la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías y conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología, así mismo se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa.
BENEFICIARIOS
Pequeñas empresas innovadoras
Las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:
No estar cotizadas.
Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación.
No haber distribuido beneficio.
Contar con un capital social mínimo de 20.000 euros, desembolsado íntegramente e inscrito totalmente en el registro.
Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Inversiones en equipos.
Gastos de personal.
Materiales.
Colaboraciones externas y/o asesoría.
Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor.
CUANTÍA
La intensidad máxima será de hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un límite máximo de 250.000€ por beneficiario.
En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto de la actuación, con un límite máximo de 325.000€.