Se trata de una subvención de mínimis en concurrencia competitiva cuyo objetivo es mejorar el clima de inversión, consolidar a España como plataforma de inversión audiovisual a nivel mundial y hacer de España una referencia en la exportación de productos audiovisuales, incluidos los videojuegos y la creación digital.
«Fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual»
Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las microempresas, pequeñas y medianas empresas.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Dentro de los proyectos, son objeto ayuda las siguientes actividades:
No se financiarán proyectos cuya actividad esencial sea netamente formativa o académica, ni competiciones, ligas o torneos de jugadores de videojuegos, como deportes electrónicos (esports).
Todas las actividades propuestas deberán contar con un interés cultural y/o artístico.
Los proyectos deben contribuir a alguna de las siguientes finalidades:
Todos aquellos generados directamente en la realización de las actividades para las que se concede la ayuda
1) Inmovilizaciones intangibles:
2) Inmovilizaciones materiales:
Gastos subvencionables con limitaciones.
– Dietas, gastos de viaje, alojamiento y manutención. Sólo serán subvencionables si han sido generados por personas directamente relacionadas con la organización y el desarrollo de la actividad (artistas, ponentes, conferenciantes, etc.), pero en ningún caso si han sido generados por los asistentes o público en general
El desplazamiento en automóvil particular se indemnizará a razón de 0,26 € /Km.
Sólo se subvencionarán los billetes de tren y avión en clase turista.
Los desplazamientos en taxi no podrán superar el 2% de la ayuda concedida
– Los gastos protocolarios y de representación (catering, regalos, objetos conmemorativos, etc.) están supeditados a su inexcusable relación con la actividad objeto de la ayuda, y en ningún caso podrán superar el 5% del importe de la ayuda concedida.
La ayuda que se solicita en esta convocatoria que, como máximo representará el 80 % del total del proyecto.
Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2024