Ayudas en concurrencia no competitiva, para financiar proyectos de expansión internacional con el fin de mejorar su competitividad.
Autónomos y Pymes con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos de promoción exterior dirigidos a la expansión internacional.
Las empresas del sector vitivinícola que hayan solicitado ayudas para la promoción de productos vinícolas en mercados de terceros países (OCM), sólo podrán ser beneficiarias de subvenciones para acciones dirigidas a mercados de países distintos a los solicitados a través de la OCM
Las acciones de promoción internacional, la participación en licitaciones públicas internacionales, los proyectos de implantación exterior y las acciones o materiales de marketing internacional realizados por empresas de Castilla y León con el fin de impulsar la promoción exterior de la empresa y su presencia en mercados internacionales.
A./ Acciones de promoción internacional:
A.1. Misiones comerciales internacionales:
a) Misión directa: viaje de prospección exterior para visitar a posibles compradores, distribuidores o clientes. Costes subvencionables por acción:
b) Misión inversa: invitación a compradores y distribuidores extranjeros y/o prescriptores de opinión de medios internacionales para que visiten la sede de la empresa en Castilla y León.
c) Visita a feria, exposición o congreso de carácter internacional. Se incluyen las ferias que tienen lugar en España, siempre que estén incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que, con carácter anual, aprueba el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
A.2. Presentación de productos, promociones en punto de venta (PPV), degustaciones, catas, demostraciones técnicas, desfiles y concursos en el extranjero.
B./Participación en licitaciones públicas internacionales.
Este tipo de gastos se presentará de forma conjunta en una misma solicitud. Sólo se permite una solicitud por año.
C./Implantaciones en el exterior. Serán las implantaciones productivas y/o comerciales en el exterior, tales como establecimientos, filiales o sucursales en el extranjero destinados a ejecutar un nuevo proyecto de fabricación en el extranjero.
Sólo se permite una implantación en el exterior por año.
D./Registro y renovación de marcas y productos en países que no sean miembros de la Unión Europea. Este tipo de gastos se presentará de forma conjunta en una misma solicitud. Sólo se permite una solicitud por año con un límite total de 20.000 €.
E./Gastos de marketing internacional. Este tipo de gastos se presentará de forma conjunta en una misma solicitud. Sólo se permite una solicitud por año.
E.1. Material de promoción realizado, al menos, en un idioma extranjero. No se admitirá material promocional que esté sólo en español:
E.2. Gastos de publicidad en medios extranjeros: creación e inserción publicitaria en medios de comunicación extranjeros. (Límite de gastos de 3.500 €/año). Los gastos subvencionables serán el diseño, traducción y elaboración del anuncio y la contratación del medio.
E.3. Plan de marketing internacional on-line en mercados exteriores: diseño y elaboración de un plan de promoción digital internacional. El plan podrá incluir publicidad en redes sociales, plataformas de venta internacional o portales internacionales. Deberá ser elaborado por una empresa especializada en el sector. Límite de gastos de 6.000 €/año.
El importe de la subvención será un porcentaje fijo del 45% sobre el coste subvencionable, con el límite máximo de 200.000 € por empresa para el total de los proyectos apoyados y se podrá aplicar un porcentaje adicional de hasta un 15%, en aplicación de los criterios de valoración.
Presupuesto total elegible mínimo de 2.000€.
Las acciones realizadas o ejecutadas desde el 16 de febrero de 2023 (incluido).