PROYECTOS DIGITALIZACIÓN PYME INDUSTRIAL – MADRID

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 15 de septiembre o agotamiento presupuestario.

ORGANISMO

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Comunidad de Madrid

Se trata de una ayuda a fondo perdido, y de concesión directa a pymes, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, para financiar la implementación de proyectos destinados a su digitalización.

BENEFICIARIOS

Pymes del sector industrial incluidos en siguientes divisiones de IAE:

  • División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
  • División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
  • División 4. Otras industrias manufactureras.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Los proyectos de digitalización deberán contener al menos una de las siguientes actuaciones subvencionables:

–  Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.

–  Plataformas colaborativas.

– Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.

–  Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.

–  Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como equipos que, no estando directamente vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.
  • Adquisición de activos inmateriales como software, así como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad que contribuyan a la ejecución del proyecto.
  • Gastos de consultoría prestados por empresas externas para la implementación efectiva del proyecto de digitalización

 

El período subvencionable será desde la presentación de la solicitud hasta el 15 de septiembre del ejercicio en el que se presente. Las facturas y pagos realizados deberán estar comprendidas dentro de este período.

Serán objeto de subvención aquellos proyectos en los que la suma del importe de los gastos subvencionables previstos, referidos a las inversiones materiales, inmateriales y de consultoría, supongan, como mínimo 60.000 euros.

CUANTÍA

La intensidad de la ayuda será, con carácter general, del 10% de los gastos subvencionables para las medianas empresas y del 20 % para las pequeñas empresas. En zonas del Corredor del Henares y del Sur Metropolitano, la intensidad de la ayuda será del 25 %, para medianas empresas o del 35 % para pequeñas empresas

El límite máximo de subvención, incluyendo todos los conceptos de gasto, será de 250.000 euros para las medianas empresas y de 350.000 euros para las  pequeñas empresas.

El límite máximo de subvención por gastos de consultoría será de 20.000 euros.