PROYECTOS ECONOMIA CIRCULAR

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 21 de enero de 2023

ORGANISMO

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Se trata de una ayuda para realizar ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular.

BENEFICIARIOS

Personas físicas y jurídicas de derecho privado, entidades de economía social y sus agrupaciones siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes.

b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.

c) Mejora de la gestión de residuos.

d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas.

 

Los proyectos no podrán finalizar más tarde de las siguientes fechas en función del importe de ayuda asignado:

a) 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 euros y menor o igual a 400.000 euros.

b) 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 euros y menor o igual a 2.500.000 euros.

c) 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2.500.000 euros hasta 10.000.000 de euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de preparación documentación justificativa
  2. Gastos de personal
  3. Servicios externos y asistencia
  4. Material inventariable
  5. Gastos de material fungible, incluidos suministros y productos similares
  6. costes de edificios estará limitada al período durante el que se utilicen
  7. costes derivados de las acciones de comunicación del proyecto
  8. gastos auditoría
  9. otros costes claramente derivados de la actuación

CUANTÍA

La ayuda revestirá la forma de subvención y tendrá una cuantía total máxima en su conjunto para el total de la inversion de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrá una cuantía máxima de 5.000.000 de euros.

 

La «intensidad de la ayuda» consiste en la parte de los costes subvencionables expresada en forma de porcentaje:

a) El porcentaje máximo de subvención a conceder para actuaciones que reutilicen materiales, reciclen y valoricen residuos generados por entidades diferentes de la beneficiaria será el siguiente:

1.º) Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

2.º) Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.

3.º) Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

b) El porcentaje máximo de subvención a conceder para el resto de actuaciones para la protección del medio ambiente que recaigan sobre materiales o residuos generados por las propias entidades beneficiarias será el siguiente:

1.º) Del 60 % de los costes financiables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

2.º) Del 50 % de los costes financiables en el caso de medianas empresas.

3.º) Del 40 % de los costes financiables en el caso de empresas no PYME.

c) El porcentaje máximo de subvención a conceder para los proyectos de investigación y desarrollo, la intensidad de ayuda para cada beneficiario no excederá:

1.º) Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.

2.º) Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.

3.º) Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.

d) El porcentaje máximo de subvención a conceder para las actuaciones relativas a la transformación digital de procesos será:

1.º) Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y PYME.

2.º) Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).