PROYECTOS EXPANSIÓN INTERNACIONAL – CASTILLA Y LEÓN

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 15 de febrero de 2023

ORGANISMO

ICE

Se trata de una subvención a fondo perdido, para proyectos de expansión internacional tanto de manera individual como en cooperación, en Castilla y León.

BENEFICIARIOS

  • Pymes

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  1. Misiones comerciales internacionales:
    • Misión directa: viajes de prospección exterior de personal que esté en plantilla o personal directivo de la empresa dado de alta en la Seguridad Social durante la vigencia del proyecto, que presten sus servicios en alguno de los centros de trabajo de la empresa beneficiaria radicados en Castilla y León.
    • Misión inversa: invitación a compradores y distribuidores extranjeros y/o prescriptores de opinión de medios internacionales para que visiten a la empresa, excluyendo los viajes realizados por personal de una empresa extranjera filial de la empresa solicitante.
    • Visita a feria o exposición de carácter internacional de personal que esté en plantilla o personal directivo de la empresa dado de alta en la Seguridad Social durante la vigencia del proyecto, que presten sus servicios en alguno de los centros de trabajo de la empresa beneficiaria radicados en Castilla y León.
  1. Participación en ferias y exposiciones de carácter internacional.
  2. Presentación de productos, promociones en punto de venta (PPV), degustaciones, catas, demostraciones técnicas, desfiles y concursos en el extranjero.
  3. Marketing Internacional
    •  Material de promoción realizado, al menos, en un idioma extranjero.
    •  Gastos de publicidad on-line en mercados exteriores.
    •  Gastos de publicidad en medios extranjeros.
    • Gastos de jornadas técnicas, eventos y congresos internacionales en mercados exteriores.
  1. Registro y renovación de marcas y productos en países que no sean miembros de la Unión Europea.
  2. Participación en licitaciones públicas internacionales.
  3. Implantaciones exteriores. Serán las implantaciones productivas y/o comerciales en el exterior, tales como establecimientos, filiales o sucursales en el extranjero destinados a ejecutar un nuevo proyecto de fabricación en el extranjero.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Misiones comerciales directas, inversas, visitas a ferias o exposiciones de carácter internacional:

  • Honorarios del intérprete, con titulación oficial o empresa dedicada a ofrecer ese servicio. El límite de este gasto será de 3.500 euros.
  • La asistencia externa para la realización de agendas, y/o seguimiento de contactos iniciales. El límite de este gasto será de 3.500 euros.
  • Entrada a la feria o exposición de carácter internacional. El límite es una entrada por cada persona en plantilla o directivo.
  • Costes de viaje. El límite de estos gastos es de 6.000 euros para los países de la Unión Europea y de 7.800 euros para el resto de países.

 

Participación en ferias o exposiciones de carácter internacional:

  • El alquiler del espacio.
  • La decoración del stand.
  • Suministros necesarios (luz, agua, seguro, limpieza, pases obligatorios de expositor, conexión a internet. etc.).
  • Transporte de muestras específicamente destinadas a la feria facturado por una empresa de transporte. El límite de este gasto es de 1.500 euros por cada feria.
  • Inserción en el catálogo de la feria.
  • Participación en actividades paralelas a la feria (demostraciones, seminarios, degustaciones, publicidad en el catálogo de la feria, etc) organizadas por la propia institución ferial.
  • Honorarios de personal de apoyo en el stand, externo a la empresa (intérpretes, azafatas, etc.). El profesional deberá contar con titulación oficial o pertenecer a una empresa dedicada a ofrecer ese servicio. El límite de este gasto será de 3.500 euros por cada feria.
  • Costes de viaje. El límite de estos gastos es de 6.000 euros para los países de la Unión Europea y de 7.800 euros para el resto de países.

 

Presentaciones:

  • Alquiler de espacio.
  • Honorarios de personal de apoyo para el evento, externo a la empresa (intérpretes, azafatas, etc.). El profesional deberá contar con titulación oficial o pertenecer a una empresa dedicada a ofrecer ese servicio. El límite de este gasto será de 3.500 euros por cada acción promocional.
  • Medios técnicos para realizar la presentación.
  • Inserciones en la prensa especializada de dichos mercados anunciando el evento.
  • Coste de la promoción facturado por el Punto de Venta o agencia intermediaria que organice la acción promocional.
  • Transporte de muestras específicamente destinadas a la acción promocional facturado por una empresa de transporte. El límite de este gasto es de 1.500 euros por cada acción.
  • Costes de viaje. El límite de estos gastos es de 6.000 euros para los países de la Unión Europea y de 7.800 euros para el resto de países.

 

Marketing Internacional:

  • Material de promoción realizado al menos en un idioma extranjero:
  • Catálogos, folletos, vídeos, adaptación de etiquetas, etc. El límite por expediente será de 3.500 euros para todo el material de promoción elaborado.
  • Web promocional: Creación, adaptación de la web al mercado internacional y traducción de textos. Serán subvencionables las tiendas online en un idioma extranjero para venta en mercados exteriores. El límite por expediente será de 3.500 euros para la web promocional o tienda online subvencionable.
  • Gastos de publicidad en medios extranjeros. El límite de gasto de toda la publicidad en medios extranjeros realizada en el expediente será de 3.500 euros.
    • Creación e inserción publicitaria en medios de comunicación extranjeros (periódicos, revistas, radio, tv, internet, etc.). Los gastos subvencionables serán el diseño, traducción y elaboración del anuncio y la contratación del medio.
  • Gastos de publicidad on-line en mercados exteriores. El límite de gasto de toda la publicidad en online realizada en el expediente será de 6.000 euros.
    • Coste de la publicidad en plataformas de ventas internacionales.
    • Coste de la publicidad en redes sociales.
    • Coste de la publicidad en portales internacionales.
    • Coste de suscripción a directorios internacionales.
  • Gastos de jornadas técnicas, eventos así como los derivados de congresos internacionales en mercados exteriores.
    • La cuota de registro para la participación de dos personas de la empresa en dicho evento.
    • Costes de viaje. El límite de estos gastos es de 6.000 euros para los países de la Unión Europea y de 7.800 euros para el resto de países.

 

Registro de marcas y productos:

  • Gastos relacionados con el proceso de registro y renovación de marca en países fuera de la Unión Europea.
  • Gastos relacionados con el proceso de certificación, registro y renovación de productos necesarios para la comercialización de los mismos en los países fuera de la Unión Europea.
  • Gastos de traducción de documentación necesaria para el registro.

 

Participación en licitaciones internacionales:

  • La compra de pliegos.
  • La traducción al idioma local de la documentación relacionada con la licitación.
  • Los gastos de legalización de documentos que se pudieran derivar de la compra de dichos pliegos.
  • En el caso de que la empresa necesite viajar al país donde va a presentar la licitación, puede solicitar costes de viaje.

 

Implantaciones en el exterior:

  • Estudios de viabilidad de potenciales proyectos de implantaciones. El límite de estos gastos será de 30.000 euros.
  • Gastos de constitución (escrituras notariales).
  • Gastos de asesoramiento jurídico y fiscal necesarios para la implantación exterior.
  • En el caso de que la empresa necesite viajar al país dónde se va a implantar, puede solicitar costes de viaje.

 

El plazo límite de realización de costes o gastos subvencionables será el 15 de junio de 2023.

CUANTÍA

La intensidad máxima de ayuda será de hasta el 50% con límite máximo de 200.000 €.