PROYECTOS EXPERIMENTALES EN IA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 21 de enero de 2025

ORGANISMO

CONSEJERIA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO y COMERCIO. Generalitat Valenciana

Ayudas en concurrencia competitiva para proyectos de desarrollo experimental en materia de inteligencia artificial. En la Comunidad Valenciana

BENEFICIARIOS

a) Empresas: Grandes empresas o PYMES.

b) Fundaciones, asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas) y colegios profesionales.

c) Las Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios

d) Organismos Públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

e) Otros centros públicos de I+D.

f) Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de tales Centros.

Todos ellos con sede social o establecimiento de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, deberán acreditar cumplir los plazos de pago que se establecen la Ley

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) los costes de personal:

b) los costes del instrumental y material

c) los costes de edificios y terrenos

d) los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

e) los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.

Como costes indirectos se podrán calcular a un tipo fijo de hasta el 15 por ciento de los costes directos subvencionables

CUANTÍA

Cuando la entidad beneficiaria es una empresa: La intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria no

excederá del 25 % de los costes subvencionables.

Las intensidades de ayuda podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables, como se indica a continuación:

  1. ) en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.
  2. ) en 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
    1. i) que el proyecto implique una colaboración efectiva: – entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, – entre una empresa y uno o varios organismos de investigación, asumiendo estos como mínimo el 15 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación
    2. ii) que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

El beneficiario podrá subcontratar con terceros la ejecución de parte de la actividad subvencionada, siempre y cuando el coste de la subcontratación no supere el 50% del importe total de la misma.

El pago de la ayuda se podrá realizar por anticipado, con la resolución de concesión.