PROYECTOS I+D LIDERADOS POR EMPRESA CATALANA – CATALUÑA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 6 de Junio de 2023

ORGANISMO

Agencia para la Competitividad de la Empresa

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a proyectos de I+D liderados por una empresa catalana, que tengan como objetivo el progreso de la tecnología

BENEFICIARIOS

  • Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y como mínimo dos años de vida
  • Los desarrolladores de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO
  • Podrán participar en el proyecto uno o más socios internacionales

Las solicitantes que sean empresas y con un gasto subvencionable previsto igual o superior a 300.000 euros, deben ser aptas financieramente

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán subvencionables los proyectos de I+D que permitan un progreso de la tecnología disponible en la actualidad y que sean presentados de las maneras siguientes:

– Proyectos individuales de una empresa con establecimiento operativo en Cataluña.

– Proyectos en cooperación entre empresas, con un mínimo de dos empresas con establecimiento operativo en Cataluña.

– Proyectos en cooperación entre empresas y desarrolladores de tecnología con acreditación TECNIO, con un mínimo de una empresa con establecimiento operativo en Cataluña y un desarrollador de tecnología con acreditación TECNIO.

 

En los proyectos en cooperación, deberá ser una empresa con establecimiento operativo en Cataluña la que actúe como líder de proyecto

Los proyectos que se presenten para obtener estas ayudas deberán iniciarse a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención, y deberán finalizar en un máximo de tres años después de esta fecha. No existe la posibilidad de solicitar una ampliación de este plazo.

GASTOS SUBVENCIONABLES

El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función del tipo de proyecto, la suma del gasto de las empresas participantes más el gasto de los desarrolladores tecnológicos con la acreditación TECNIO participantes, y será como mínimo de 120.000,00 euros. En los proyectos en cooperación, ninguno de los participantes podrá participar en más del 70% del gasto subvencionable aceptado

El gasto del/de los socio/s internacional/es no se considerará en ningún caso un gasto subvencionable.

El gasto subvencionable aceptado de los acreditados TECNIO no podrá superar el 50% del gasto subvencionable aceptado del proyecto.

El gasto de los socios internacionales no podrá superar el 70% del gasto subvencionable aceptado del proyecto.

Serán subvencionables los siguientes gastos:

  • Gastos de personal contratado en la medida en que se destinen a tareas de carácter técnico del proyecto: personal investigador, técnico y auxiliar
  • Únicamente si la solicitante es una empresa, gastos de colaboraciones externas (no podrán superar el 50% del presupuesto):
    • Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual.
    • Contratación externa para tareas de ingeniería o diseño.
    • Ensayos y pruebas de laboratorio.
  • Otros gastos directamente vinculados a la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
  • Gastos indirectos. Se podrá imputar en concepto de gasto indirecto un 7% de los gastos directos de personal subvencionables
  • Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación

CUANTÍA

Las intensidades máximas de las ayudas son las siguientes:

  Pequeña Empresa Mediana empresa Gran Empresa Desarrollador
Investigación Industrial 70% 60% 50% 100%
Desarrollo Experimental 45% 35% 25% 100%
Auditoría 100% 100% 100% 100%