PROYECTOS INVERSION EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS – CASTILLA Y LEÓN

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 10 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2022 a las 14 horas.

ORGANISMO

Consejería de Industria, Comercio y Empleo. Junta de Castilla y León

Se trata de una subvención a fondo perdido, para financiar proyectos incluidos en la inversión 4, emprendimiento y microempresas, del componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente, e inclusivo” en Castilla y León.

BENEFICIARIOS

Programa I:

Autónomos, personas físicas, con o sin trabajadores asalariados, que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y tengan un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.

Programa II:

Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidad de bienes y sociedades civiles, que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y cuyo volumen de negocio anual no supere los 2 millones de euros.

ACCIONES O INVERSIONES A REALIZAR

ACTUACIONES:

a) Diagnósticos de necesidades.

Realizar un estudio y/o evaluación de su negocio o actividad que le permita identificar su situación de partida en relación con la economía digital y respetuosa con el medio ambiente, identificando posibles áreas de mejora y permitiendo la definición de acciones concretas para hacer su actividad más sostenible o digital.

b) Asesoramiento.

Obtener ayuda personalizada y especializada que permitan a la entidad consolidar su negocio, descubriendo nuevas formas de gestión, experiencias de éxito de otros profesionales o soluciones emergentes en el mercado en materia medioambiental o tecnológica, que contribuyan a la consolidación de su negocio.

c) Formación.

Formación teórico-práctica en los ámbitos de la economía digital o respetuosa con el medio ambiente, que le ayuden a mejorar sus competencias en estos campos, e impulsen la transición de su actividad hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente. La duración mínima será de 8 horas. Puede ser presencial, a distancia o mediante una fórmula mixta.

d) Sistemas de gestión y Certificaciones medioambientales.

Implementación de sistemas de gestión estandarizados de gestión medioambiental o sostenible, incluyendo las inversiones necesarias para su implementación. (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc.).

INVERSIONES

a) Obras e instalaciones.

Desarrollar obras o modificar las instalaciones del local dirigidas a implementar medidas de ahorro o eficiencia energética. Entre otros, se incluyen en este apartado los siguientes: instalación de un sistema de cierre automático de puertas que permita impedir eventuales pérdidas de energía al exterior, obras de rehabilitación energética de instalaciones, etc.

b) Compra de máquinas y otro tipo de equipamiento.

Adquisición de equipos o maquinaria que supongan una mejora tecnológica o medioambiental en la actividad que desarrolla el incluyen en este apartado los siguientes: adquisición y gestión de contenedores de reciclaje, contratación de páginas web y desarrollo de canales digitales de comunicación, publicidad y/o venta, instalación de placas solares y otro tipo de sistemas de producción de energía no contaminante y renovable, compra de equipos que contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética, sustitución de sistemas de alumbrado interior o exterior por alternativas más eficientes, etc.

c) Compra de otro inmovilizado material o inmaterial.

Otras inversiones, siempre que faciliten la transición de la actividad hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente. Las inversiones deben estar justificadas dentro de un programa de transformación de la forma de negocio de la entidad beneficiaria, haciéndola más sostenible o digitalmente avanzada.

GASTOS SUBVENCIONABLES

programa I

La actividad subvencionada consistirá en el mantenimiento del puesto de trabajo del propio trabajador autónomo, durante un periodo mínimo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

programa II

La actividad subvencionada consistirá en el mantenimiento del empleo de la entidad jurídica, esto es, del número de personas que tenga contratadas la empresa beneficiaria en el momento de solicitar la subvención, durante un periodo mínimo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

Las comunidades de bienes y sociedades civiles deberán mantener durante el mismo período la situación de los socios que trabajan en la misma y, en su caso, mantener el empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será de 5.000€ por beneficiario.

 

La actividad subvencionada conllevará la realización por la entidad beneficiaria de una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente, dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.