Se trata de una subvención a fondo perdido, para la realización de proyectos singulares de instalaciones de producción de biogás, aprovechamiento del biogás como combustible en producción de calor/frio o producción de electricidad.
T2 Realización de instalaciones de aprovechamiento de biogás |
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T2.1 (1) | Instalación de producción de calor con biogás |
T2.2 (2) (3) | Instalación de producción de electricidad con biogás. |
T2.3 (3) | Instalación de cogeneración de alta eficiencia con biogás. |
T2.4 (4) (5) |
Instalación de depuración hasta biometano |
La intensidad máxima de la ayuda será según la siguiente tabla, con un límite máximo de 15.000.000 € por empresa y proyecto.
Proyectos subvencionables |
Materias primas o aplicación energética |
Intensidad máxima |
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a) Realización de instalaciones de producción de biogás siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano. |
Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. |
40 % |
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Otras. |
Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en b) para cada aplicación. |
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b) Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado a), se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético. |
Instalación de producción de calor/frio con biogás. |
75% |
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Instalación de producción de electricidad con biogás. |
25% |
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Instalación de cogeneración de alta eficiencia con biogás. |
35% |
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Instalación de depuración hasta biometano para uso energético. |
10% |
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c) Realización de instalaciones para tratamiento del digerido |
Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. |
40% |
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Otras. |
Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en b) para cada aplicación. |
Se otorgarán los siguientes porcentajes de ayudas adicionales acumulables:
Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%.
Ayuda Adicional por el tamaño de empresa: