Subvenciones directas dirigidas a la retirada segura de las cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto, así como en su caso, su sustitución por cubiertas resistentes y transitables libres de amianto.
Las personas físicas, las personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad legalmente constituidas, con o sin ánimo de lucro cuyo centro de trabajo sea en Castilla y León.
Será subvencionable la retirada segura, realizada por empresa especializada inscrita en el registro de empresas con riesgo por amianto (RERA)
1.– Los costes de manipulación, retirada segura, transporte y gestión del material con amianto. La cuantía de la subvención no podrá superar el 85% del total de estos gastos subvencionables.
2.– Los costes de instalación de una nueva cubierta transitable libre de amianto en sustitución de una anterior que hubiere sido retirada por contener amianto, siempre y cuando la instalación de la nueva cubierta se solicite de forma conjunta con la retirada de la cubierta que contenga amianto. La cuantía de la subvención no podrá superar el 50% del total de estos gastos subvencionables.
No podrá, en ningún caso superar el importe subvencionado los 40 euros por metro cuadrado ni los 20.000 euros por
centro de trabajo para estos gastos de instalación.
El importe total de la convocatoria asciende a 2.000.000 euros.