Subvenciones a empresas para proyectos de innovación de pyme (INNOVA-TEICs CV) 2023

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 12 de abril de 2023

ORGANISMO

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial

Proyectos de innovación en el desarrollo de soluciones TEICs, que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

BENEFICIARIOS

Las pyme con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la solicitud, que cuenten con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de  liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior al de la fecha de solicitud de ayuda.

 

Las empresas deberán desarrollar actividades encuadradas en alguno de los siguientes CNAE:

  1. a) C – Divisiones 26 a 30
  2. b) Sección J – CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Los proyectos tendrán como objeto el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones.

El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o soluciones, preparadas para su comercialización a terceros. Se excluyen las soluciones a medida o que puedan ser aplicadas en empresas vinculadas al beneficiario.

Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas. Estas nuevas funcionalidades deberán detallarse y tener un alcance sustancial, no siendo admisible la mera adaptación de la solución a un sector determinado.

Se excluyen soluciones de tipo Marketplace (plataformas de comercialización).

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. a) Servicios externos:

a.1) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.

a.2) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos derivados de la ejecución del proyecto. Por tanto, no serán considerados los gastos asociados con otros productos de la empresa.

  1. b) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, knowhow o adquisición de licencias de software que resulten integradas en el producto final. No son apoyables los servicios de alojamiento en Cloud, ni las herramientas software necesarias para el trabajo propio de las personas creadoras de la solución.
  2. c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario de personal propio subvencionable a 40 euros/hora como máximo. A efectos de concesión, el coste máximo subvencionable en este concepto será 100.000 euros.
  3. d) Adquisición de activos materiales: componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo. Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.

CUANTÍA

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

─ Pequeña empresa: hasta el 45 %

─ Mediana empresa: hasta el 35 %

El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.

 

El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024.

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