VEHÍCULO ELÉCTRICO Y CONECTADO

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 16 de septiembre a las 10:00 hasta el 4 de octubre de 2024 a las 14:00

ORGANISMO

Ministerio de Industria y Turismo

Ayudas en forma de subvenciones, préstamos o de una combinación de préstamos y subvenciones, en concurrencia NO competitiva por orden de llegada a planes de inversión correspondientes a la Sección B del vehículo eléctrico y conectado.

 

La sección B del vehículo eléctrico y conectado (VEC) incluirá los planes de inversión orientados a alguno de los siguientes aspectos relacionados con la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado (VEC), en particular:

1º. Equipos originales y ensamblaje (OEM) de vehículos eléctricos o vehículos eléctricos y conectados.

2º. Investigación industrial, desarrollo experimento e innovación (I+D+i) en baterías o pilas de combustible destinados a vehículos eléctricos y conectados.

3º. Otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado.

4º. Componentes hardware o software del vehículo inteligente.

5º. Componentes hardware o software necesarios para la conectividad del vehículo eléctrico.

6º. Sistemas de recarga de vehículo eléctrico.

7º. Actuaciones para una potencial segunda vida de baterías y otros componentes procedentes de vehículos eléctricos, así como soluciones para su reciclado y el aprovechamiento de sus materias primas.

BENEFICIARIOS

Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia que cumplan los requisitos establecidos.

Cuyos CNAE-2009 correspondan a alguna de estas Secciones:

Sección C 13.2 Fabricación de tejidos textiles

Sección C 13.9 Fabricación de otros productos textiles

Sección C 20.16 Fabricación de plásticos en formas primarias

Sección C 20.17 Fabricación de caucho sintético en formas primarias

Sección C 22.1 Fabricación de productos de caucho

Sección C 22.2 Fabricación de productos de plástico

Sección C 23.1 Fabricación de vidrio y productos de vidrio

Sección C 23.44 Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico

Sección C 24.1 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones

Sección C 24.2 Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huevos y sus accesorios, de acero.

Sección C 24.3 Fabricación de otros productos de primera transformación del acero

Sección C 24.42 Producción de aluminio

Sección C 25.5 Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos.

Sección C 25.6 Tratamiento y revestimiento de metales

Sección C 25.9 Fabricación de otros productos metálicos

Sección C 26.1 Fabricación de componentes electrónicos y circuitos impresos ensamblados

Sección C 26.2 Fabricación de ordenadores y equipos periféricos

Sección C 26.3 Fabricación de equipos de telecomunicaciones

Sección C 26.51 Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación.

Sección C 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico

Sección C 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos

Sección C 27.3 Fabricación de cables y dispositivos de cableado

Sección C 27.4 Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación

Sección C 27.9 Fabricación de otro material y equipo eléctrico

Sección C 28.12 Fabricación de equipos de transmisión hidráulica y neumática

Sección C 28.13 Fabricación de otras bombas y compresores

Sección C 28.15 Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión

Sección C 28.25 Fabricación de maquinaria de ventilación y refrigeración no doméstica

28.29 Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p

Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.

Sección C 29.1 Fabricación de vehículos a motor

Sección C 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques

Sección C 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor

Sección C 30.91 Fabricación de motocicletas

Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.

Sección E 38.3 Valorización. Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R02, R03, R04, R05 (con exclusión de la limpieza de suelos), R06, R07, R08, R09, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla)

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

LINEAS SUBVENCIONABLES

  1. Proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
    • Los proyectos de investigación industrial.
    • los proyectos de desarrollo experimental.
    • los proyectos de innovación en materia de organización.
    • los proyectos de innovación en materia de procesos.
    • estudios de viabilidad previos a la investigación industrial.
  2. Proyectos de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética.
  • Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente.
  • inversiones con carácter innovador destinadas a medidas de ahorro energético o eficiencia energética.
  1. Proyectos de inversión regional. Los proyectos primarios enmarcados en esta línea deberán desarrollarse por una única entidad y en una única localización.
    • Creación de un nuevo establecimiento
    • Modificación de líneas de producción
  2. Ayudas a la inversión en favor de las PYME

Deberá incluir inversiones consistentes en activos materiales o inmateriales para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o una transformación fundamental en el proceso general de producción de un establecimiento existente

 

GASTOS FINANCIABLES

1.- Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:

  • Costes de personal.
  • Costes de instrumental y material.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes
  • Gastos generales (15% de costes de personal justificados)

2.- Línea proyectos de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:

  • Aparatos y equipos de producción.
  • Edificación e instalaciones.
  • Activos inmateriales.
  • Colaboraciones externas.

3.- Línea proyectos de inversión regional:

  • Aparatos y equipos de producción.
  • Edificación e instalaciones.
  • Activos inmateriales.

4.- Línea a la inversión en favor de las PYME:

  • Aparatos y equipos de producción.
  • Edificación e instalaciones.
  • Activos inmateriales.

 

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto de la sección B en función de los aspectos relacionados con la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado (VEC) se refleja en la siguiente tabla:

 

Proyectos de inversión en capacidad según la

clasificación definida

Presupuesto financiable

mínimo de cada proyecto (€)

1.º Equipos originales y ensamblaje (OEM) de vehículos eléctricos o vehículos eléctricos y conectados. 1.000.000
2.º Investigación industrial, desarrollo experimento e innovación (I+D+i) en baterías o pilas de combustible destinados a vehículos

eléctricos y conectados.

 

1.000.000

3.º Otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado. 1.000.000
4.º Componentes hardware o software del vehículo inteligente. 200.000
5.º Componentes hardware o software necesarios para la conectividad del vehículo eléctrico. 200.000
6.º Sistemas de recarga de vehículo eléctrico. 200.000
7.º Actuaciones para una potencial segunda vida de baterías y otros componentes procedentes de vehículos eléctricos, así como soluciones para su reciclado y el aprovechamiento de sus materias primas  

200.000

 

 

CUANTÍA

La intensidad máxima será del 80% del presupuesto financiable, o del 75% en caso de que corresponda a la línea de ayudas regionales a la inversión.

Según el tipo de proyecto y el tamaño de la entidad, se exigirá que parte de la financiación a conceder sea en forma de préstamo. El importe nominal de dicho préstamo mínimo a conceder se determinará aplicando los siguientes porcentajes sobre el presupuesto financiable:

 

 

Tipos de proyectos % Mínimo del presupuesto financiable en forma de préstamo
Empresas no

PYME

Medianas

empresas

Pequeñas empresas y

microempresas

Proyectos de investigación industrial Sin porcentaje

mínimo

Sin porcentaje

mínimo

Sin porcentaje

Mínimo

Proyectos de desarrollo experimental 10,00% Sin porcentaje

mínimo

Sin porcentaje

Mínimo

Proyectos de innovación en materia de organización y procesos 10,00% 5,00% Sin porcentaje

Mínimo

Proyectos de protección del medio

ambiente

10,00% Sin porcentaje

mínimo

Sin porcentaje

mínimo

Proyectos de eficiencia energética 10,00% 5,00% Sin porcentaje

Mínimo

Proyectos de inversión regional 10,00% 5,00% Sin porcentaje

mínimo

Proyectos de inversión en favor de las

PYME

No aplica 5,00% Sin porcentaje

mínimo

 

El importe de la subvención máxima a conceder por proyecto y entidad beneficiaria, se podrá limitar por las condiciones establecidas en el artículo 17 de la orden de bases y por el cumplimiento del compromiso de contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático y la transformación digital a los

que se refiere el artículo 6.4 de la orden de bases.

La suma de subvención bruta equivalente del préstamo y la subvención concedida por proyecto y entidad beneficiaria no podrá superar los límites establecidos.

 

Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:

 

1º. Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 35.000.000€ por empresa y proyecto.

2º. Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 25.000.000€ por empresa y proyecto

3º. Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 12.500.000 € por empresa y proyecto.

4º. Para los proyectos de protección del medio ambiente, 30.000.000€ por empresa y proyecto.

5º. Para los proyectos de eficiencia energética, 30.000.000€ por empresa y proyecto.

6º. Para los proyectos de inversión en favor de las PYME, 8.250.000€ por empresa y proyecto

 

Tipos de proyectos Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente a las entidades beneficiarias (por proyecto y entidad)
Empresas no PYME Medianas empresas Pequeñas empresas y

microempresas

Proyectos de

investigación

industrial

Hasta el 50% del

coste subvencionable del proyecto

Hasta el 60% del

Coste subvencionable del

proyecto

Hasta el 70% del

coste subvencionable del

proyecto

Proyectos de

desarrollo experimental

Hasta el 25% del

coste subvencionable del proyecto

Hasta el 35% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 45% del

coste subvencionable del

proyecto

Proyectos de

innovación en materia de organización y

procesos

Hasta el 15% del

coste subvencionable del proyecto

Hasta el 50% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 50% del

coste subvencionable del

proyecto

Proyectos de

protección del

medio ambiente

Hasta el 40% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 50% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 60% del

coste

subvencionable del

proyecto

Proyectos de

eficiencia

energética

Hasta el 30% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 40% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 50% del

coste

subvencionable del

proyecto

Proyectos de

inversión regional

Según el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España
Proyectos de

inversión en favor

de las PYME

No aplica Hasta el 10% del

coste

subvencionable del

proyecto

Hasta el 20% del

coste

subvencionable del

proyecto

Las intensidades brutas máximas por proyecto y entidad beneficiaria serán las siguientes:

 

 

La intensidad de la ayuda para los proyectos de innovación en protección del medio ambiente y eficiencia energética podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales en el caso de las inversiones situadas en zonas asistidas

 

La parte de ayuda concedida en la modalidad de préstamo reembolsable tendrá las siguientes características:

  1. a) Importe del préstamo: el importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo al riesgo vivo acumulado de la entidad con la Dirección General de Programas Industriales y con la Dirección General de Estrategia Industrial y de la PYME, que no podrá superar en 5 veces los fondos propios de

la entidad acreditados a fecha de presentación de la solicitud.

  1. b) Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será de diez años, con un plazo de carencia de tres años.
  2. c) Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 3,058%.
  3. d) El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.

 

El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de subvención será:

– del 80% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera satisfactoria;

– del 70% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera buena;

– del 60% de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera excelente;

El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de préstamo será:

– del 20% de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera satisfactoria;

– del 15% de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera buena;

– del 10% de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera excelente